31 de mayo del 2013 OFICIO No.SEPS-IFPS-DNSFPS-2013-05379 (ver documento)
Con
este antecedente, esta Intendencia le comunica que, de conformidad con el
articulo156 del Reglamento a la Ley de la Economía Popular y Solidaria, "Mecanismos
de Control", se ha efectuado una supervisión In Situ a su
representada, examen que aún se encuentra en proceso, y culminará una vez que
se haya dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69 del mencionado
Reglamento que establece: "La Superintendencia notificará a la
cooperativa con el informe de inspección y
concederá un término mínimo de quince días, para justificar
observaciones, en caso de haberlas. Concluido dicho término y luego del
análisis de las justificaciones presentadas, podrá disponer el archivo del expediente o
la elaboración de un plan de regularización,
para su inmediata aplicación", por lo que su pedido de autorización para
ofrecer servicios complementarios a sus socios y a la comunidad en general,
será atendido oportunamente; esto es una vez se termine 'proceso de supervisión
referido.
Al
respecto, esta Intendencia le comunica que, de conformidad con el artículo 156,
del Reglamento a la Ley de la Economía Popular y Solidaria. "Mecanismos de Control", se
ha efectuado una supervisión In Situ a
su representada, examen que aún se encuentra en proceso, y culminará una vez
que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69 del mencionado reglamento
que establece: "La Superintendencia notificará a la cooperativa con el informe de inspección y concederá un término mínimo de
quince días, para justificar observaciones, en caso de haberlas.
Concluido dicho término y luego del análisis de las justificaciones presentadas,
podrá disponer el archivo del expediente o la elaboración de un plan de
regularización, para su inmediata aplicación",
por lo que su pedido de autorización para
realizar actividades de intermediaci6n financiera con clientes y terceros, será
atendido oportunamente una vez se termine con el proceso de supervisión.
6 de junio del 2013 llega a coopera el 11
de junio OFICIO No. SEPS-IFPS-DNSFPS-2013- 0566 2 (ver documento)
su representada solicita una prórroga de cinco días hábiles para presentar los descargos a las observaciones
constantes en la Matriz de Hallazgos…
… una vez
analizado tanto el contenido de ]a Matriz de Hallazgos como ]a justificación que
sustenta su requerimiento, esta Intendencia concluye que
su pedido es procedente; y. en consecuencia, otorga el plazo solicitado.
Por lo tanto, la organización a
su cargo debe dar cumplimiento a lo dispuesto en el oficio No.
SEPSIFPS-DNSFPS-2013-05438 hasta el día viernes 14 de junio de 2013.
En apego a lo
dispuesto en la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria de] Sector Financiero Popular y Solidario y su Reglamento General, se ha designado a los Analistas: … para realizar el levantamiento de información relativa a la gestión financiera de la Cooperativa de ahorro y crédito COOPERA Ltda., información que servirá para los
procesos
de
supervisión propios de este organismo de control.
debido a que la información que
se estaba elaborando para justificar las
observaciones contenidas en la matriz de hallazgos resultante de la auditoría llevada a cabo por su
institución en la cooperativa, se encuentra en el
computador del Ing. Aldo Calle, quien estaba como
responsable de cumplir con este compromiso, y que se encuentra en poder de la
Fiscalía para efectos de investigación, no es posible
desarrollar dicho informe a fin de cumplir con el requerimiento de la
Superintendencia de Economía Popular V Solidaria
Solicito a Usted considerar esta situación y proceder en consecuencia con lo que determina la Ley y las disposiciones pertinentes.
se detectaron varias
observaciones …. Las observaciones
fueron puestas en conocimiento de la organización, vía correo electrónico, el
jueves 23 de mayo del 2013 y la presentación de resultados se efectuó en las
instalaciones de la entidad el día viernes 26 de abril del 2013; además, se concedió a la
entidad el plazo de 15 días, hasta el viernes 7 de junio el 2013, para que remita os comentarios y justificativos
pertinentes.
el 4 de junio de 2013, COOPERA
solicitó una prórroga de 5 días hábiles …
se concedió la prórroga solicitada, hasta el viernes 14 de junio del
2013.
el 10 de junio de 2013, recibido
en la misma fecha, la Cooperativa informa que el computador del ingeniero Aldo Calle,
responsable de preparar los descargos, se encuentra en poder de la Fiscalía,
por lo que no es posible justificar ante la Superintendencia de Economía
Popular y Solidaria las observaciones efectuadas.
Al respecto manifiesto, que la
justificación presentada, no constituye obstáculo para que la cooperativa
cumpla con la entrega de los descargos correspondientes; por lo tanto, se
ratifica el plazo concedido para el efecto; sin embargo, se recomienda que la
administración, además de entregar los descargos correspondientes, prepare un
Plan en el que se establezca responsable, fechas de cumplimiento y el documento
entregable en relación con cada una de las observaciones establecidas por el
organismo de supervisión,
para lo cual se adjunta la matriz de hallazgos respectiva.
De aceptarse la recomendación señalada, se sugiere a la administración actual que el plan requerido busque garantizar los derechos de los socios, la continuidad de los negocios no financieros y procure evitar caer en cesación de pagos, causal de liquidación al amparo de la normativa legal vigente.
Mediante credenciales No. SEPS-IFPS-DNSFPS-2013-05678, SEPS-IFPS-DNSFPS-20 1305679, SEPS-IFPS-DNSFPS-2013-05684. SEPS-IFPS-DNSFPS-2013-05680 de 07 de junio de 2013, se
designó a varias
comisiones
de supervisión a fin de realizar el levantamiento de la información de la
condición económica financiera, en virtud de los hechos de conocimiento público que se han presentado en la Cooperativa de Ahorro y Crédito "Experiencia
Responsabilidad y Administración" - COOPERA Ltda.
Producto de la supervisión IN SITU efectuada a partir del 7 de junio del 2013, el cual recoge los hallazgos presentados en el oficio SEPS-IFPS-DNSFPS-2013-5982 y de la actualizaci6n en la evaluación
sobre algunos rubros, se evidencia un impacto importante sobre los estados económicos financieros por USD 48'600.124,52; por lo que este despacho solicita en el plazo de 72 horas perentorio remita los descargos y documentos de respaldos que justifiquen cada una de los observaciones presentadas, para lo cual se adjunta la matriz de hallazgos respectiva. Finalmente, esta Superintendencia se reserva el derecho de sancionar las irregularidades encontradas y ponerlas en conocimiento del ministerio público.
CLAUSULA
SEGUNDA.· ANTECEDENTES:
1. La COOPERATIVA tiene la necesidad
de negociar su cartera de crédito
2. La CONAFIPS es una entidad
financiera legalmente autorizada para realizar actividades de intermediación
i1nancicra;
3. El Directorio de la CONAFIPS, en
sesión extraordinaria, realizada el 10 de junio de 2013. autorizó al Director
General la compra de la cartera de la COOPERATIVA- y,
4. La Superintendencia de Economía
Popular y Solidaria. con fecha 10 de junio de 2013, aprobó el plan presentado
por la COOPERATIVA.
La CONAFlP reconocerá inicialmente
por toda la cartera hasta un momo de USD
35'000.000. El saldo de la cartera a ser transferida, se
determinará en función al corte de fecha 11 de junio de 2013,
posterior al cual, la CONAFlPS realizará la correspondiente y definitiva valoración,
sobre la cual la COOPERATIVA no podrá emitir obligación alguna; el saldo
mencionado constará en un anexo, el cual forma parte del presente convenio. La
CONAFlPS se compromete a, por un lado, manejar la cartera de crédito traspasada
y, por otro lado se encargará, con la venta de la cartera, de pagar a los
socios ahorristas de la COOPERATIVA, hasta por un monto no superior a USD 31.000
por socio.
CLÁUSULA
SEXTA.- Confidencialidad: Las partes so pena
de las sanciones civiles y penales que fueren del caso, obligan a guardar la confidencialidad de la
información proveniente de la suscripción de este convenio.
CLAÚSULA
DÉCIMA.- SUSCRIPCIÓN:
Para su efectiva y legal validez se suscribe el presente convenio por
duplicado. En Cuenca a los 10 días del mes de junio de dos mil trece.
Acuso recibo y tomo nota del oficio
No. COACC-GG-2013-230 de 10 de Junio de 2013, recibido en esta Superintendencia
el 11 de los mismos mes y año, mediante el cual presenta el plan de acción sugerido por
el organismo de control mediante oficio No. SEPS-IFPSDNSFPS-2013-5982, de 10 de
junio de 2013.
Al respecto, luego de la revisión
del contenido del oficio enviado por la Cooperativa de su representación, este Despacho aprueba
el mencionado plan
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