martes, 5 de noviembre de 2013

!!!... Ama llulla ... no mentir ...!!!

!!!...  Ama llulla ... no mentir ...!!!

Todos los sábados el Presidente en su informe, insiste en decir siempre la verdad, y señala, con toda justicia, que a los mentirosos se les debe denunciar.
 
Además, uno de los tres ancestrales deberes de los ecuatorianos señalado en la Constitución es !!!... ama lulla ...!!! ... NO MENTIR.

El proceso de liquidación de la #COOPERA ha estado lleno de mentiras y engaños conducidos desde las esferas de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.

Luego de casi cinco meses desde que se decidió, sospechosamente, la liquidación de #COOPERA, se empiezan a revelar algunos aspectos que son importantes de ser conocidos por todos los ciudadanos y en especial por el Presidente Correa, porque estamos convencidos que está siendo engañado con informes superficiales y mentirosos. 

Este tema se les fue de la mano a los #enanitosVERDES desde el mismo día en que se propuso la reactivación de la cooperativa, el día 19 de junio del 2013, por parte de los gringos residentes en Ecuador, y de un buen grupo de ecuatorianos que confiamos en el esquema de negocios que tenía esa coopertiva. 

En esta página se irán colgando los videos  con los que vamos a desenmascarar a los mentirosos y traidores que sueñan y tienen remembranzas sobre el #feriadoBANCARIO.

Empezamos con el video sobre "El sarcasmo de Jácome"  

 

 

lunes, 4 de noviembre de 2013

Los enanitos verdes contratacan



“La responsabilidad existe sólo cuando no se triunfa”
“La responsabilidad existe sólo cuando no se triunfa”

Los #enanitosVERDES contratacan 

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Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria

Art. 95.- Sigilo y Reserva.- Los depósitos y demás captaciones de cualquier índole que se realicen en las organizaciones del sector financiero popular y solidario, determinadas por la Superintendencia, excluyendo las operaciones activas, estarán sujetos a sigilo,

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Constitución de la República



Art. 78.- Las víctimas de infracciones penales gozarán de protección especial, se les garantizará su no revictimización, particularmente en la obtención y valoración de las pruebas, y se las protegerá de cualquier amenaza u otras formas de intimidación. Se adoptarán mecanismos para una reparación integral que incluirá, sin dilaciones, el conocimiento de la verdad de los hechos y la restitución, indemnización, rehabilitación, garantía de no repetición y satisfacción del derecho violado.

Se establecerá un sistema de protección y asistencia a víctimas, testigos y participantes procesales.
 

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CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
Art. 78.- Las víctimas de infracciones penales gozarán de protección especial, se les garantizará su no revictimización, particularmente en la obtención y valoración de las pruebas, y se las protegerá de cualquier amenaza u otras formas de intimidación. Se adoptarán mecanismos para una reparación integral que incluirá, sin dilaciones, el conocimiento de la verdad de los hechos y la restitución, indemnización, rehabilitación, garantía de no repetición y satisfacción del derecho violado. Se establecerá un sistema de protección y asistencia a víctimas, testigos y participantes procesales.

LEY ORGANICA DE ECONOMIA POPULAR
Art. 95.- Sigilo y Reserva.- Los depósitos y demás captaciones de cualquier índole que se realicen en las organizaciones del sector financiero popular y solidario, determinadas por la Superintendencia, excluyendo las operaciones activas, estarán sujetos a sigilo, por lo cual las instituciones receptoras de los depósitos y captaciones, sus administradores, funcionarios y empleados, no podrán proporcionar información relativa a dichas operaciones, sino a su titular o a quien lo represente legalmente.
 
 
El Telégrafo Jueves, 07 de Noviembre de 2013