“La responsabilidad existe sólo cuando no se triunfa”
Los #enanitosVERDES contratacan
Los #enanitosVERDES contratacan
Carlos Heredia @cherediaf quien es uno de los q "dice defender" a los @afectadocoopera fue funcionario de corruptos pic.twitter.com/s7p5gBFiyi
— Cero Injusticia (@CeroInjusticia) November 4, 2013
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El inefable Heredia @cherediaf les ofrece el cielo a los deudores #Coopera para negociar sus acreencias, todo al margen de la Ley @UNSIONTV
— Cero Injusticia (@CeroInjusticia) November 5, 2013
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Carlos Heredia @cherediaf se ha convertido en un chulquero q negocia los intereses de los deudores #Coopera, y así dice defender la ley?
— Cero Injusticia (@CeroInjusticia) November 5, 2013
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Primero este señor Carlos Heredia @cherediaf al puro estilo del Notario Cabrera anda negociando con deudores #Coopera. Esto es ilegal
— Cero Injusticia (@CeroInjusticia) November 5, 2013
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Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria
Art. 95.- Sigilo y Reserva.- Los depósitos y demás captaciones de cualquier índole que se realicen en las organizaciones del sector financiero popular y solidario, determinadas por la Superintendencia, excluyendo las operaciones activas, estarán sujetos a sigilo,
Ministro el Interior: conminamos @cherediaf a qué demuestre la procedencia de los 300.000 dólares que tiene en #Coopera-------------------------------------------------------------------------------------------
— Segundo Cabrera (@jasmel_1) November 6, 2013
Constitución de la República
Art. 78.- Las víctimas de infracciones penales gozarán de
protección especial, se les garantizará su no revictimización, particularmente
en la obtención y valoración de las pruebas, y se las protegerá de cualquier
amenaza u otras formas de intimidación. Se adoptarán mecanismos para una
reparación integral que incluirá, sin dilaciones, el conocimiento de la verdad
de los hechos y la restitución, indemnización, rehabilitación, garantía de no
repetición y satisfacción del derecho violado.
Se establecerá un
sistema de protección y asistencia a víctimas, testigos y participantes
procesales.
#CasoCoopera El ministro @ppsesa exige que Gustavo Quito y Carlos Heredia aclaren su representación entre los perjudicados. #fb------------------------------------------------------------------------------------------
— La Voz del Tomebamba (@tomebamba) November 6, 2013
@afectadocoopera donde esta su plata?. Pidan al Dr. Heredia que comparta los rendimientos que por debajo de la mesa le daba Aucay. Traidores-------------------------------------------------------------------------------------------
— juanatello (@juanatello2012) September 26, 2013
@CeroInjusticia Dr.Heredia sinverguenza, cobraba el 5.5% del rendimiento a gringos x eso sufre ahora. Los q trabajamos ahi podemos dar fe-------------------------------------------------------------------------------------------
— juanatello (@juanatello2012) September 26, 2013
@CeroInjusticia te paso el dato, la cuenta que mencionas q maneja Heredia, no la maneja èl, sino Aucay desde la càrcel.. que privilegios no.------------------------------------------------------------------------------------------
— juanatello (@juanatello2012) November 7, 2013
TERRORIFICO @cherediaf invertia en Coopera al 14% pero solo pagaba el 12% a sus crèditos, y se pregunta x q quebro??? @CeroInjusticia------------------------------------------------------------------------------------------
— juanatello (@juanatello2012) November 7, 2013
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
Art. 78.- Las víctimas de infracciones penales gozarán de
protección especial, se les garantizará su no revictimización, particularmente
en la obtención y valoración de las pruebas, y se las protegerá de cualquier
amenaza u otras formas de intimidación. Se adoptarán mecanismos para una
reparación integral que incluirá, sin dilaciones, el conocimiento de la verdad
de los hechos y la restitución, indemnización, rehabilitación, garantía de no
repetición y satisfacción del derecho violado. Se
establecerá un sistema de protección y asistencia a víctimas, testigos y
participantes procesales.
LEY ORGANICA DE ECONOMIA POPULAR
Art. 95.- Sigilo y Reserva.- Los depósitos y demás captaciones de cualquier índole que se realicen en las organizaciones del sector financiero popular y solidario, determinadas por la Superintendencia, excluyendo las operaciones activas, estarán sujetos a sigilo, por lo cual las instituciones receptoras de los depósitos y captaciones, sus administradores, funcionarios y empleados, no podrán proporcionar información relativa a dichas operaciones, sino a su titular o a quien lo represente legalmente.
El Telégrafo Jueves, 07 de Noviembre de 2013

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